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AI Act: qué debe etiquetar tu medio desde el 2 de agosto (y qué no)
Carmen Torres : 30 jul 2026, 14:23:33
A partir del 2 de agosto de 2026 comienzan a aplicarse las obligaciones de transparencia del AI Act, con sanciones por su incumplimiento. Para los medios de comunicación, implica un cambio relevante en la publicación de contenidos generados o asistidos por IA. En este artículo, analizamos las nuevas reglas del juego y cómo las redacciones pueden adaptarse a la normativa.
La Ley Europea de Inteligencia Artificial (AI Act) entra en una nueva fase de aplicación el próximo 2 de agosto, fecha que da inicio oficial al régimen sancionador por parte de las autoridades y activa importantes obligaciones de transparencia para empresas, desarrolladores y plataformas previstas en su artículo 50.
El Reglamento Europeo continúa desplegándose por fases y algunas obligaciones no serán plenamente exigibles hasta el 2 de agosto de 2027.
Claves generales del nuevo marco normativo
Con la entrada en vigor de esta fase del AI Act, se ponen en marcha diversos requisitos clave orientados a proteger a los usuarios e identificar los contenidos generados sintéticamente:
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Etiquetado de contenido: los sistemas de IA generativa deberán incorporar mecanismos para que los contenidos sintéticos puedan identificarse, aunque las obligaciones concretas varían según el tipo de contenido (texto, imagen, audio o vídeo) y el uso que se haga de él, como veremos más adelante.
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Avisos en asistentes y chatbots: los asistentes virtuales y chatbots de atención al cliente están obligados a advertir explícitamente al usuario de que interactúa con una IA.
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Transparencia frente a deepfakes: los contenidos hiperrealistas manipulados mediante IA que simulen personas, lugares o eventos reales deben etiquetarse claramente. En este caso, la obligación de informar recae sobre quien publica o utiliza el contenido en el contexto de su actividad profesional, aunque no haya desarrollado la IA ni haya creado técnicamente el vídeo.
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Régimen sancionador activo: entran en acción las autoridades nacionales de vigilancia (como la Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial, AESIA, en España). Las infracciones del artículo 50 pueden sancionarse con multas de hasta 15 millones de euros o el 3% del volumen de negocio mundial anual, dependiendo del tipo de incumplimiento.
Directrices de la Comisión Europea: el impacto directo en los medios
Para resolver dudas operativas en las redacciones, la Comisión Europea publicó el pasado 20 de julio sus directrices oficiales para aclarar el tratamiento que deben dar las webs informativas al contenido asistido por IA. Estas normas se unen al Código de buenas prácticas sobre transparencia del contenido generado por IA que anunció justo hace un año y que analizamos en el blog (IA bajo control: el nuevo Código de la UE que marcará su futuro).
El “filtro editorial” en los textos
El impacto varía según el nivel de intervención humana en la redacción de la noticia:
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Textos informativos con revisión humana (exentos): cuando un periodista utiliza la IA como herramienta de apoyo (para resumir datos, redactar borradores o corregir estilo), no es obligatorio incluir un aviso si el texto final pasa por un proceso de control editorial o revisión humana.
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Textos automáticos de interés público (obligatorios): si un medio publica artículos generados al 100% por IA sobre asuntos de interés público (como información financiera, resultados electorales o alertas meteorológicas) sin supervisión ni control humano, la web debe indicar de forma transparente al usuario que se trata de un texto generado por IA.

Pie de foto: Bolsamanía informa a sus lectores que el resumen de la noticia ha sido generado con IA.
Tratamiento de elementos multimedia e imágenes
A diferencia del texto, las reglas para los formatos audiovisuales son más estrictas:
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Etiquetado de contenido sintético: las imágenes, audios y vídeos generados o alterados mediante IA deberán incorporar mecanismos de transparencia. En muchos casos, será necesario informar de forma visible al usuario sobre su origen sintético, además de las medidas técnicas de marcado que corresponden a los proveedores de los sistemas de IA.
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Ilustraciones o recreaciones: cuando un medio utilice imágenes generadas con herramientas como DALL-E, Midjourney o Gemini para ilustrar reportajes, es recomendable identificarlas de forma clara, por ejemplo mediante una indicación en el pie de foto. Aunque las Directrices no imponen un formato único ni obligan a utilizar un icono concreto, la Comisión Europea ha publicado un conjunto de iconos y recursos gráficos de uso voluntario dentro de su Código de Buenas Prácticas sobre Transparencia, que pueden servir como referencia para identificar este tipo de contenidos.

Fuente: Código de buenas prácticas sobre transparencia de la UE.
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Tratamiento de Deepfakes: vídeos manipulados o hiperrealistas con fines informativos, artísticos o satíricos deben estar etiquetados explícitamente. En usos satíricos o creativos existen ciertas matizaciones, pero se exige siempre aplicar salvaguardas para evitar inducir a error o desinformar al espectador.
Doble capa de marcado: visual y técnico
La transparencia no se limita al texto o aviso que ve el lector en pantalla. La normativa exige una doble capa de marcado.
- Capa visual: transparente para la audiencia del medio.
- Capa técnica: las tecnologías proveedoras deben garantizar el uso de mecanismos de marcado legibles por máquina, como metadatos, estándares como C2PA o técnicas de marcado digital (marcas de agua, etc.). Esto facilita que agregadores de noticias y redes sociales detecten el origen sintético de los archivos.

Fuente: Ejemplo de Metadato. Imagen generada con Gemini.
Para los sistemas de IA comercializados antes de agosto, la norma establece una prórroga para la implementación del marcado técnico obligatorio hasta el 2 de diciembre de 2026.
¿Qué cambia realmente para una redacción?
En la práctica, los medios no tendrán que etiquetar cada noticia elaborada con ayuda de ChatGPT, Gemini, Copilot, Claude o la IA incorporada en su CMS si existe una auténtica supervisión editorial humana. Las nuevas obligaciones afectan principalmente a:
- Noticias publicadas íntegramente por IA sin revisión.
- Imágenes o vídeos sintéticos.
- Deepfakes.
- Asistentes conversacionales.
- Contenidos automatizados sobre asuntos de interés público.
Casos prácticos:

Fuente: cuadro generado por ChatGPT.
Derechos de autor y control del Web Scraping
Otro punto crucial para los editores digitales radica en el uso de sus archivos e información por parte de los desarrolladores de modelos de IA (como Google, Anthropic u OpenAI). El AI Act refuerza la obligación de los proveedores de modelos de IA de respetar las reservas de derechos expresadas por los titulares mediante mecanismos como robots.txt u otros protocolos reconocidos.
Además, los proveedores de modelos de IA de propósito general (GPAI) deberán elaborar y poner a disposición un resumen suficientemente detallado de los contenidos utilizados para entrenar sus modelos. Aunque no están obligados a revelar todos los conjuntos de datos empleados, esta medida busca aumentar la transparencia sobre las fuentes utilizadas y facilitar que los titulares de derechos puedan ejercer sus derechos cuando corresponda.
Para los medios de comunicación, esto supone un paso adelante en la protección de sus contenidos. La combinación de reservas de derechos mediante mecanismos técnicos y de mayores obligaciones de transparencia para los desarrolladores de IA ofrece nuevas herramientas para defender el valor de los archivos periodísticos y negociar el uso de sus contenidos en el ecosistema de la IA.
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En bCube, adaptamos nuestras herramientas para facilitar a medios y editores el cumplimiento normativo sin interrumpir el flujo de trabajo periodístico. Con la entrada en vigor de la nueva fase del AI Act el 2 de agosto, contar con metadatos estructurados y flujos claros de control editorial se convierte en una prioridad indispensable para garantizar un periodismo transparente y riguroso.
